Si usted encuentra en su perfil publicidad que no ha solicitado o no le gusta, entre al perfil del usuario que la publicó y bórrelo de su lista de seguidores. Los usuarios que no estén en su lista de seguidores (GESBYME) no podrán escribirle a su correo ni ponerle publicidad en su perfil.
En Gesby4 se considera una falta de respeto ponerle publicidad a otro usuario en su perfil. El perfil de cada usuario debe ser respetado y solo hacer comentarios que sean relacionados a lo que se escribe. Existen muchas áreas donde usted puede poner publicidad. No moleste a sus seguidores. Deje que ellos entren a su perfil para ver su publicidad. Invítelos a su perfil. Use la aplicación de SEGUIR para invitarlos a que vean su perfil para que vean su publicidad allí.
Poner publicidad en los perfiles de otros usuarios se considera spam. A la larga te quedarás sin seguidores y nadie verá la publicidad que haces. GesbyPostea tu publicidad y verás como tus seguidores la verán en la pagina principal de Gesby4 cuando entren.
Participa en la sección de Q&A con tus preguntas o tus contestaciones. Si eres especialista en algún tema, puedes aprevechar esta sección para compartir tus conocimientos a través de preguntas y respuestas. Accesa desde arriba en tu menú donde dice "Q&A". Participa con tus comentarios a preguntas ya publicadas.
Tenemos un error en la aplicación que se muestra en la pagina de avisos que no permite aceptar las solicitudes de amistad que envían otros usuarios. Este error, lo más seguro, se corrija en la próxima actualización del código de Gesby4. Por el momento, para aceptar las solicitudes de amistad, entra al WebSite del usuario que te envía la solicitud, luego entra a la ventana que dice "Agregar" y acéptala clipeando en el enlace que aparecen abajo que dice "Approve Follow Request".